Cómo conseguir el sello de Andalucía calidad artesanal

La Junta de Andalucía ha sido una de las comunidades autónomas pioneras en el fomento de la calidad dentro del sector de la artesanía. Con tal fin, publicó la Orden de 23 de enero de 2015, por la que se regula el distintivo de artesanía «Andalucía, Calidad Artesanal» estableciendo el ámbito de aplicación del distintivo, el procedimiento para otorgarlo y los requisitos que deben reunir los profesionales que lo soliciten.

La normativa se centra en el producto, y para ello, tiene por objeto identificar la calidad y procedencia de los productos artesanos andaluces, fomentando su comercialización y diferenciación en el mercado. Lo hace entendiendo por procedencia de los productos artesanos la referencia a su realización en talleres ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Para la administración andaluza se entiende por calidad artesanal, el valor añadido que tienen aquellos productos que elaborados de forma artesanal reúnan al menos tres de los criterios establecidos en su artículo 6. Según  este artículo, para el otorgamiento de la autorización para que un determinado producto pueda llevar el distintivo «Andalucía, Calidad Artesanal» se debe verificar que reúne al menos tres de los criterios establecidos a continuación, teniendo en cuenta la Orden de 31 de enero de 2008, por la que se determinan las fases del proceso productivo, los útiles y materiales empleados y los productos resultantes de cada uno de los oficios artesanos del Repertorio, actualizada por la Orden de 20 de junio de 2012:

  • La calidad de los materiales empleados en el proceso de producción.
  • La correcta utilización de la técnica de producción.
  • La calidad en los acabados y presentación homogénea del producto.
  • Los elementos innovadores en el diseño y la forma del producto.
  • La perfección y riqueza artística del producto tradicional.
  • La limitación en el número de piezas elaboradas, que no podrán superar el número de dos mil piezas, primando la exclusividad o pieza única.

Respecto a la documentación que el artesano debe acompañar a la solicitud:

  1. Documentación de carácter administrativo.
  • Fotocopia autenticada del NIF.
  • Declaración responsable de que el sujeto se encuentra inscrito en el Registro de Artesanos de Andalucía con indicación del número de registro.
  • En el caso de disponer de una marca comercial, declaración responsable de tener registradas las marcas con las que se comercializan los productos para los que se solicita el uso del distintivo representativo de la marca «Andalucía, Calidad Artesanal».
  • Declaración responsable de que los productos que porten el distintivo representativo de la marca «Andalucía, Calidad Artesanal» serán de producción propia, reunirán las condiciones de seguridad exigibles y serán aptos para su comercialización y distribución, de acuerdo con la normativa vigente que le sea de aplicación, incluida la normativa medioambiental y de prevención de riesgos laborales.
  • Declaración responsable, en su caso, de la entidad solicitante en la que se recoja la asunción de la iniciativa, ratificada por sus órganos de gobierno.
  • Declaración responsable de que la persona artesana no está sancionada o condenada por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme, por alentar, tolerar o realizar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente.
  • Aceptación de las condiciones de uso del distintivo representativo de la marca «Andalucía, Calidad Artesanal».
  • Declaración responsable de que el producto reúne al menos tres de los criterios establecidos en el artículo 6.
  • Declaración responsable de que el distintivo sólo se va a usar para el producto para el que se conceda el distintivo.
  1. Documentación de carácter técnico:
  • Documentación que recoja especificaciones de calidad del producto.
  • Relación de materiales utilizados para elaborar tal producto.
  • Indicación de los tratamientos aplicados a dichos materiales.
  • Memoria de técnicas y procedimientos empleados para el diseño, la elaboración y acabado del proyecto, conforme a la Orden de 31 de enero de 2008, actualizada por la Orden de 20 de junio de 2012.
  • Fotos en formato JPG, o cualquiera que lo sustituya, de los productos en sus diferentes fases de elaboración.
  • Fotos en formato JPG, o cualquiera que lo sustituya, de los productos terminados.
  • Resumen de los sistemas de control y evaluación de la calidad de los productos empleados por el artesano o la artesana.

 

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